ESPAÑA: VISA DE ESTUDIANTE, PERMANECE UN AÑO MÁS.

ESPAÑA: ESTUDIANTES CON VISA AHORA PUEDEN QUEDARSE UN AÑO EN ESPAÑA PARA BÚSQUEDA DE TRABAJO.
Como muchos ya saben, el pasado 4 de septiembre el Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó el Real Decreto-ley 11/2018, de 31 de agosto.
Este Real Decreto, abre la puerta a que, bajo determinadas circunstancias, a aquellos estudiantes que hayan acabado sus estudios, puedan permanecer un año más en España para buscar trabajo adecuado a su nivel de estudios alcanzado o para emprender un proyecto empresarial.
- ¿Quiénes lo pueden solicitar?
El RD 11/2018 establece que, una vez finalizados los estudios en una institución de educación superior, los extranjeros que hubieran alcanzado como mínimo el nivel 6 de acuerdo al Marco Europeo de Cualificaciones, correspondiente a la acreditación de grado.
- ¿Por cuánto tiempo?
El período de concesión, máximo e improrrogable, es de 12 meses
- ¿Cuándo debo solicitarlo y por qué medio?
Plazo de presentación: 60 días naturales antes del día de la caducidad y 90 después (igual que las prórrogas de estudios).
Modo de presentación: Exclusivamente a través de medios electrónicos en el Registro Electrónico Común. Para dicha presentación se debe estar en posesión de firma electrónica.
--¿En qué plazo deben responderme?
La solicitud en plazo implica la prórroga de la vigencia del permiso anterior hasta que se dicte resolución. El plazo para resolver es de 20 días (hábiles, puesto que de acuerdo con la Ley 39/2015, si la norma no explicita que los días son naturales, tendrán la consideración de hábiles). transcurrido este plazo se entenderá ESTIMADA por silencio administrativo.
IMPORTANTE:
Esta autorización no implica el reconocimiento del derecho a trabajar. En caso de encontrar empleo, deberán solicitar permiso de residencia y trabajo. El empleo deberá ser relacionado con los estudios finalizados.
Para este permiso no se expedirá Tarjeta de Identidad de Extranjeros (TIE), documento al que muchos le llaman NIE.
Durante la vigencia de residencia para la búsqueda de empleo o para emprender un proyecto empresarial, en caso de encontrar un empleo adecuado en relación con el nivel de los estudios finalizados o de haber emprendido un proyecto empresarial, se deberá solicitar la autorización correspondiente de entre las reguladas en la LO4/2000, de 11 de enero; o en la Ley 14/2013, de 27 de septiembre
La solicitud en el plazo indicado prorroga la validez de la autorización anterior hasta la resolución del procedimiento.
Durante la vigencia de la autorización de residencia para la búsqueda de empleo o para emprender un proyecto empresarial, podrá estar acompañado por sus familiares en caso de que estos la le hubieran acompañado durante su estancia por estudios. La permanencia en España de dichos familiares estará siempre vinculada a la situación del titular de la autorización principal.